Ley 11.544. Jornada de Trabajo. Texto original
Ley 11.544 JORNADA DE TRABAJO Buenos Aires, Septiembre 12 de 1929. Por cuanto: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., Sancionan con fuerza de LEY Artículo 1° – La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales para toda persona … Leer más