El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto por el que se prohíbe expresamente, por primera vez, que los directivos de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales compren o vendan patrimonio de las mismas.
Según esta norma, el director gerente de una mutua no podrá comprar ni vender para sí mismo cualquier activo patrimonial de la entidad ni contratar con la mutua actividad mercantil alguna ni directamente ni por persona o entidad interpuesta.
Este Real Decreto ve la luz después de que la Seguridad Social suspendiera el pasado mes de septiembre al director gerente de la Mutua de Accidentes de Canarias y a la subdirectora por presuntas irregularidades en la gestión.
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