Venezuela: III Congreso Internacional del Trabajo y la Seguridad Social

Este lunes fue instalado en la sede del Tribunal Supremo de Justicia, el III Congreso Internacional del Trabajo y la Seguridad Social, que durante cuatro días tocará, con la participación de expertos de varios países, temas vinculados con la problemática del salario, la jornada de trabajo, las enfermedades y lo relacionado con la tutela judicial efectiva.

En la instalación de un evento donde participaran prestigiosos juristas entre los que figuran María Cristina Irigoyen, de Brasil; Jorge Valdés y Fernando Echerri, de Cuba; María Luz García y Jordi Nieva, de España; Aldo de Matteis y Vicenzo Castiglone, de Italia; Rossina Rossi, de Uruyuay y Francisco Carrasquero López y Héctor Lucena, de Venezuela, el vicepresidente de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, Juan Rafael Perdomo, dijo que los criterios emitidos en el evento, servirán para plasmar y fortalecer los contenidos sociales y jurídicos inherentes a los asuntos de Derecho del Trabajo y Seguridad Social.

El empresario podrá adaptar sus relaciones de trabajo al nuevo Sistema de Seguridad Social y de Derecho del Trabajo a los conceptos que aquí se expongan, con el fin de prevenir las enfermedades ocupacionales y los accidentes que se registran en los centros de trabajo; precisó.

Hizo un llamado a los sindicatos en el sentido de vigilar y controlar el cumplimiento de la normativa vigente, destinada a la protección de la salud del trabajador y al combate de las condiciones inseguras en los sitios de trabajo. Los jueces y juezas tendrán el deber de estudiar en profundidad el contenido de las diversas ponencias, en procura de mejorar su interpretación y aplicación; agregó.

Sobre seguridad social Juan Rafael Perdomo hizo mención del artículo 86 de la Constitución vigente, que la consagra como servicio público de carácter no lucrativo garante de la salud y de la protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, desempleo, vejez, orfandad y cualquier otra circunstancia de previsión social.

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