UE pide que las indemnizaciones por despido de los directivos dependan del resultado de la empresa

LUXEMBURGO.  Los ministros de Economía de la Unión Europea aprobaron hoy una serie de directrices para aumentar los controles sobre la remuneración de los directivos, especialmente los de los bancos, con el objetivo de evitar que se beneficien de indemnizaciones millonarias cuando son despedidos por haber contribuido a la quiebra de su empresa.

La principal directriz es que tiene que haber una relación "más precisa" entre las remuneraciones de los ejecutivos y los resultados de las empresas que dirigen. Este principio deberá aplicarse también a las indemnizaciones por despido (apodadas ‘paracaídas dorados’), que tienen que ir ligadas a la contribución del ejecutivo al éxito de la sociedad.

"Los modelos de remuneración deben tener en cuenta la rentabilidad a largo plazo de la empresa en su conjunto, y las autoridades nacionales deben esforzarse en atenuar los riesgos de una estructura que se base en los beneficios a corto plazo", resaltan las conclusiones pactadas por los Veintisiete.

Las remuneraciones deben estar vinculadas con los "resultados reales" de la empresa y "no fomentar el cortoplacismo ni la toma de riesgos excesivos", enfatizó la ministra francesa de Finanzas y presidenta de turno del Ecofin, Christine Lagarde.

Los ministros de Economía de la UE piden además que los accionistas tengan más poder a la hora de determinar la remuneración de los directivos y que se tomen medidas para prevenir los "conflictos de intereses" que se pueden producir cuando los directivos de una empresa proponen fusiones o adquisiciones y al mismo tiempo tienen acciones u opciones sobre acciones en la empresa ofrecida.

Sobre la mesa está la recomendación que realizó la Comisión en 2004 y que hasta ahora sólo ha seguido plenamente Países Bajos, según dijo el comisario de Mercado Interior, Charlie McCreevy. El Ejecutivo comunitario reclamaba que las empresas cotizadas publiquen la información sobre la política de remuneración de sus directivos y las sometan a votación por parte de los accionistas, ya sea consultivo o vinculante. También los planes de opciones sobre acciones deberían someterse a aprobación previa por parte de la junta general de accionistas.

 

Dejá un comentario