Normativa española en Higiene

Ordenanza General de Seguridad e Higiene aprobada por Orden de 9 de marzo de 1971. Esta Ordenanza está prácticamente derogada, en base al desarrollo reglamentario de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

En el área de higiene quedan en vigor:

 

Artículo 136 – Sustancias pulvígenas.
Artículo 140 – Radiaciones peligrosas.
Artículo 147 – Protección de oídos.
Artículo 150 – Protección del aparato respiratorio.

 

·Lugares de Trabajo. R.D. 486/97, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
·Pantallas de Visualización. R.D. 486/97, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativa al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
·
Sustancias Peligrosas. R.D. 363/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
·Agentes Biológicos. R.D. 664/97, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos. Orden de 25 de marzo de 1998 por la que se adapta, en función del progreso técnico, el R.D. 664/97.
· Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Decreto 2.414/1961 del 30 de noviembre. Incluye el cuadro de “Concentraciones Máximas” Permitidas en el ambiente interior de las explotaciones industriales. Orden de 15 de marzo de 1963 (Gobernación), por el que se aprueban normas complementarias.
· Condiciones higiénicas del trabajo en la industria del esparto (Orden de 19 de septiembre de 1945).
· Benceno. Empleo de disolvente y otros compuestos que lo contengan.
Resolución del 15 de febrero de 1977 ( B.O.E. del 11 de marzo de 1977).
Resolución conjunta con la Dirección General de Trabajo y la de Promoción Industrial y Tecnología. Instrumento de ratificación de 31 de marzo de 1973, del convenio de 23 de junio de 1971, nº 136, de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la protección contra los riesgos de intoxicación por el benceno (B.O.E. del 5 de febrero de 1975).
· Agentes cancerígenos. R.D. 665/97, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos.
· Ley de Energía Nuclear de 29 de abril de 1964 y Reglamento sobre instalaciones nucleares y radioactivas (Decreto de 21 de julio de 1972).
· Protección de los trabajadores contra radiaciones ionizantes. Ratificación por España del Convenio número 115 de la O.I.T. (B.O.E. del 5 de julio de 1967). R.D. 53/92, de 24 de enero, por el que se aprueba el reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. R.D. 413/97, de 21 de marzo, sobre protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada.
· Contaminación del aire, ruido y vibraciones en el lugar de trabajo. Ratificación por España del Convenio 148 de la O.I.T. (B.O.E. del 30 de diciembre de 1981).
· Amianto. Orden de 31 de Octubre de 1984 por la que se aprueba el Reglamento sobre trabajos con Riesgo de Amianto (B.O.E. del 7 de noviembre de 1984). Resolución de 11 de febrero de 1985, que constituye una comisión de seguimiento para la aplicación del Reglamento. Orden de 7 de enero de 1987, por el que se establecen normas complementarias. Orden de 22 de diciembre de 1987, que se aprueba el libro-registro de datos. Resolución 20 de febrero de 1989, de la Dirección General de Trabajo, que regula la remisión de fichas de seguimiento ambiental y médico para el control de exposición al amianto. Orden de 26 de julio del 1993, por el cual se modifican artículos de Reglamentos y Ordenes anteriores.
· Plomo metálico. Orden del 9 de abril de 1986 por la que se aprueba el Reglamento para la Prevención de Riesgos y Protección de la Salud de los trabajadores en presencia de plomo metálico y sus compuestos iónicos en el ambiente de trabajo ( B.O.E. del 24 de abril de 1986).
· Cloruro de vinilo. Orden del 9 de abril de 1986 por la que se aprueba el Reglamento para la Prevención de Riesgos y Protección de la Salud por la presencia de cloruro de Vinilo monómero en ambiente de trabajo (B.O.E. del 6 de mayo de 1986).
· Ruido. Real Decreto 1.316/1989 del 27 de octubre, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo ( B.O.E. del 2 de noviembre de 1989).
· Condiciones ambientales, lucha contra el polvo, Real Decreto 683/1985 del 2 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas de Seguridad Minera, Instrucción Técnica Complementaria 04.8.01 (B.O.E. del 12 de junio de 1985).
· Equipos de Protección Individual. R.D. 773/97, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a ala utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. R.D. 1407/92, de 20 de noviembre, que regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección. Homologación de los medios de Protección Personal de los Trabajadores.
· Normas Técnicas Reglamentarias correspondientes.

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Ordenanza General de Seguridad e Higiene aprobada por Orden de 9 de marzo de 1971. Esta Ordenanza está prácticamente derogada, en base al desarrollo reglamentario de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

En el área de higiene quedan en vigor:

Artículo 136 – Sustancias pulvígenas.
Artículo 140 – Radiaciones peligrosas.
Artículo 147 – Protección de oídos.
Artículo 150 – Protección del aparato respiratorio.

·Lugares de Trabajo. R.D. 486/97, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
·Pantallas de Visualización. R.D. 486/97, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativa al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
·
Sustancias Peligrosas. R.D. 363/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
·Agentes Biológicos. R.D. 664/97, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos. Orden de 25 de marzo de 1998 por la que se adapta, en función del progreso técnico, el R.D. 664/97.
· Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Decreto 2.414/1961 del 30 de noviembre. Incluye el cuadro de “Concentraciones Máximas” Permitidas en el ambiente interior de las explotaciones industriales. Orden de 15 de marzo de 1963 (Gobernación), por el que se aprueban normas complementarias.
· Condiciones higiénicas del trabajo en la industria del esparto (Orden de 19 de septiembre de 1945).
· Benceno. Empleo de disolvente y otros compuestos que lo contengan.
Resolución del 15 de febrero de 1977 ( B.O.E. del 11 de marzo de 1977).
Resolución conjunta con la Dirección General de Trabajo y la de Promoción Industrial y Tecnología. Instrumento de ratificación de 31 de marzo de 1973, del convenio de 23 de junio de 1971, nº 136, de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la protección contra los riesgos de intoxicación por el benceno (B.O.E. del 5 de febrero de 1975).
· Agentes cancerígenos. R.D. 665/97, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos.
· Ley de Energía Nuclear de 29 de abril de 1964 y Reglamento sobre instalaciones nucleares y radioactivas (Decreto de 21 de julio de 1972).
· Protección de los trabajadores contra radiaciones ionizantes. Ratificación por España del Convenio número 115 de la O.I.T. (B.O.E. del 5 de julio de 1967). R.D. 53/92, de 24 de enero, por el que se aprueba el reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. R.D. 413/97, de 21 de marzo, sobre protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada.
· Contaminación del aire, ruido y vibraciones en el lugar de trabajo. Ratificación por España del Convenio 148 de la O.I.T. (B.O.E. del 30 de diciembre de 1981).
· Amianto. Orden de 31 de Octubre de 1984 por la que se aprueba el Reglamento sobre trabajos con Riesgo de Amianto (B.O.E. del 7 de noviembre de 1984). Resolución de 11 de febrero de 1985, que constituye una comisión de seguimiento para la aplicación del Reglamento. Orden de 7 de enero de 1987, por el que se establecen normas complementarias. Orden de 22 de diciembre de 1987, que se aprueba el libro-registro de datos. Resolución 20 de febrero de 1989, de la Dirección General de Trabajo, que regula la remisión de fichas de seguimiento ambiental y médico para el control de exposición al amianto. Orden de 26 de julio del 1993, por el cual se modifican artículos de Reglamentos y Ordenes anteriores.
· Plomo metálico. Orden del 9 de abril de 1986 por la que se aprueba el Reglamento para la Prevención de Riesgos y Protección de la Salud de los trabajadores en presencia de plomo metálico y sus compuestos iónicos en el ambiente de trabajo ( B.O.E. del 24 de abril de 1986).
· Cloruro de vinilo. Orden del 9 de abril de 1986 por la que se aprueba el Reglamento para la Prevención de Riesgos y Protección de la Salud por la presencia de cloruro de Vinilo monómero en ambiente de trabajo (B.O.E. del 6 de mayo de 1986).
· Ruido. Real Decreto 1.316/1989 del 27 de octubre, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo ( B.O.E. del 2 de noviembre de 1989).
· Condiciones ambientales, lucha contra el polvo, Real Decreto 683/1985 del 2 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas de Seguridad Minera, Instrucción Técnica Complementaria 04.8.01 (B.O.E. del 12 de junio de 1985).
· Equipos de Protección Individual. R.D. 773/97, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a ala utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. R.D. 1407/92, de 20 de noviembre, que regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección. Homologación de los medios de Protección Personal de los Trabajadores.
· Normas Técnicas Reglamentarias correspondientes.

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