Los bancos no podrán cobrar comisiones por los movimientos de las cuentas sueldo

El Gobierno promulgó ayer la reforma de la Ley de Contrato de Trabajo, que modifica el sistema de extracción de fondos de las cuentas sueldo, por la que los bancos no pobrán cobrar a los empleados por sacar su dinero en cualquier banco, o por exceder el límite de cuatro extracciones al mes.

La modificación establece que los bancos "no podrán bajo ningún concepto establecer costo alguno para la extracción de fondos de las cuenta sueldo en todo el sistema bancario y cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada".

A partir de la modificación del artículo 124 de la ley, los empleados que cobren su salario por medio de una cuenta sueldo en un banco podrán hacerlo de manera ilimitada y sin costos, ya sea en la entidad donde se les acreditan los fondos, o en otra. La modificación afecta a unos 7.2 millones de trabajadores.

Según la modificación de la norma, los sueldos deberán pagarse "en efectivo, cheque a la orden o mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria o instituciones de ahorro oficial". La medida alcanza a los montos que las empresas depositan en calidad de remuneración de sus empleados, pero no cubre a aquellos depósitos que ellos hagan de manera particular.

Además, el nuevo texto de la ley establece que "dicha cuenta especial tendrá el nombre de cuenta sueldo y bajo ningún concepto podrá tener límites de extracciones ni costo alguno para el trabajador en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada".

Otras modalidades de pago deberán ser supervisadas por la autoridad de aplicación, previendo que, eventualmente, el pago que se formalice sin tal supervisión podrá ser declarado nulo.

Asimismo, la norma detalla que en todos los casos el dependiente podrá exigir que su remuneración le sea abonada en efectivo.

 

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