Las empresas deberán informar a la AFIP sobre montos “no remunerativos” de salarios

BUENOS AIRES. Se deberá presentar ante el organismo estatal los montos bajo esta categoría, como así también la normativa que los avala.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus trabajadores, los conceptos bajo el rango “no remunerativos”, como así también la normativa que los avala y el importe al que ascienden.

Los montos “no remunerativos” son aquellos sobre los que no se aplican descuentos de previsión y seguridad social, recordó un comunicado del organismo.

La medida, establecida a través de la resolución general 3279 que será publicada en el Boletín Oficial, establece que la declaración se debe realizar en el micrositio “Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos”, en el web de la AFIP

El régimen busca evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al Sistema Unico de Seguridad Social, destaca el organismo.

 

 

Referencias, créditos & citaciones APA: www.losrecursoshumanos.com. Portal especializado en temas de RRHH con más de 8000 artículos a la fecha. Título del artículo: "Las empresas deberán informar a la AFIP sobre montos “no remunerativos” de salarios". Fecha de publicación: 29/02/2012. Autoría del contenido: LosRecursosHumanos.com. Obtenido el 11/06/2023, desde la url: https://www.losrecursoshumanos.com/las-empresas-deberan-informar-a-la-afip-sobre-montos-no-remunerativos-de-salarios/

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