La Justicia condena a El Corte Inglés porque el sistema de promoción interna era discriminatorio

BARCELONA. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a El Corte Inglés por discriminar a las trabajadoras en el sistema de promoción interna de la empresa, según ha informado el sindicato CCOO.

El pasado 9 de junio, la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dictó sentencia contra El Corte Inglés por discriminación indirecta por razón de género en el sistema de promoción profesional de la empresa.

Esta sentencia tuvo su origen en una demanda de la Consejería de Trabajo de la Generalitat de Cataluña, que actuó de oficio a consecuencia de la intervención de la Inspección de Trabajo por cuatro denuncias formuladas por la sección sindical de CCOO contra la empresa en el año 2003.

En la resolución se confirman los datos aportados por la sección sindical, que, a partir de los censos electorales del año 2002, demostraba que la promoción profesional en la empresa invertía la proporción de mujeres de la plantilla. De esta manera, mientras en las categorías profesionales más bajas el porcentaje de mujeres era superior al de hombres, en las categorías de jefes y técnicos las mujeres no llegaban al 20% de presencia.

Según el sindicato, a raíz de la actuación de su sección sindical a nivel estatal, en 2006 se inició la negociación de un plan de igualdad que, finalmente, se firmó en mayo de 2008, siendo el primero del sector. Sin embargo, señala CCOO, dos años después ha habido pocos adelantos.

Desde CCOO se espera que esta sentencia sirva para cambiar “formatos muy rígidos y cerrados de la dirección de la empresa, y se pueda avanzar en la eliminación de la discriminación así como en que las trabajadoras directamente afectadas puedan ser compensadas”.

 

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