CC.OO. responde a CEOE que la indemnización media por despido no llegó ni a 20 días por año en 2008

MADRID. CC.OO. calcula que la indemnización media por despido se situó en 2008 en 19,1 días por año trabajado, es decir, que ni siquiera llegó a los 20 días por año que están demandando los empresarios para los nuevos despidos improcedentes.

El sindicato basa este cálculo en las informaciones que manejan sus asesorías jurídicas y lo relaciona con las causas y motivos que provocaron que un promedio de 1.100.900 personas entraran en el sistema de protección por desempleo del nivel contributivo durante el año pasado.

Poniéndose en la hipótesis de que los trabajadores que se quedaron en el paro en 2008 cobraron en todos los casos la indemnización máxima por despido que les correspondía, CC.OO. estima que la indemnización media por despido se habría situado en 2008 en 24,7 días por año trabajado.

Sin embargo, el sindicato, a la luz de los informes de sus asesorías jurídicas, cree que esto no llegó a suceder y que no se cobraron en todos los supuestos las indemnizaciones máximas correspondientes, motivo por el que calcula que la indemnización "efectiva" por despido alcanzó en 2008 los 19,1 días por año y no esos casi 25 días que saldrían en una hipótesis de máximos.

Según los datos de CC.OO., algunos extraídos del Inem, la mayor parte de los trabajadores que solicitaron en 2008 una prestación contributiva por desempleo, en concreto una media de 580.200, llegaron a esa situación de desempleo tras habérseles terminado el contrato, generalmente de carácter temporal. En estos casos, aunque no en todos, existe una indemnización de 8 días por año trabajado.

DESPIDOS INDIVIDUALES.

La segunda causa de ingreso en el paro, con 439.500 trabajadores de media en esta situación, fueron los despidos individuales por causas objetivas, cese del periodo de prueba, etc. La indemnización máxima en este supuesto podría llegar a 45 días por año (que es el máximo legalmente reconocido en España y el que figura en los contratos indefinidos ordinarios), pero las asesorías jurídicas de CC.OO. estiman que realmente las personas en esta situación cobraron una indemnización por despido de 33 días por año.

Por causa de un expediente de regulación de empleo (ERE) de extinción, 39.300 trabajadores solicitaron el cobro del paro en 2008, siendo éste el tercer motivo, tras la finalización del contrato y los despidos individuales, por el que más trabajadores entraron en el desempleo durante el año pasado. También en este caso, la indemnización máxima teórica podría estar en 45 días, pero CC.OO. afirma que la indemnización efectiva, es decir, real, se habría situado en 28 días.

El sindicato estima además que en 2008 las indemnizaciones por despido pactadas en actos de conciliación se situaron en unos 33 días por año trabajado (45 días sería el máximo) y que los juzgados de lo social reconocieron, sobre todo, despidos de 45 días (la mayoría improcedentes).

Eduardo Gutiérrez, economista y miembro del Gabinete Jurídico de CC.OO., explicó que no todos los años se obtiene la misma cifra media de indemnización por despido, pues depende del modo en el que se llegó al paro.

Así, cuantas más finalizaciones de contratos temporales haya -su indemnización, de 8 días por año, es la menos cuantiosa y según la modalidad contractual es incluso inexistente-, más baja será la media de la indemnización por despido en España.

 

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