BUENOS AIRES. Los ciudadanos extranjeros podrán ejercer la docencia en escuelas de la provincia de Buenos Aires, según una ley aprobada por
La norma, que fue aprobada, modifica el Estatuto Docente, que impedía el ejercicio de esa profesión a los extranjeros y establece que podrán dictar clases para lo cual "deberán dominar el idioma castellano".
El Estatuto Docente sólo permitía el ejercicio de la docencia al "argentino nativo, por opción o naturalizado, en este último caso tras haber residido cinco años como mínimo en el país y dominar el idioma castellano".
En los últimos años, los extranjeros que pretendían ejercer la docencia en