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Negociación Colectiva y
Salud y Seguridad
Por Michael J. Wright
(Enciclopedia de Salud y
Seguridad de en el
Trabajo)
La negociación colectiva
es el proceso que permite
a los trabajadores
negociar, como colectivo,
con su empresa, y puede
desarrollarse a varias
escalas (empresarial,
sectorial, nacional).
Tradicionalmente, los
temas de la negociación
son los salarios, las
prestaciones, las
condiciones de trabajo y
un trato equitativo. No
obstante, pueden abordarse
también cuestiones que no
afecten directamente a los
trabajadores contratados
por la empresa, como el
aumento de las pensiones
de vejez de los ya
jubilados.
Con
menor frecuencia, se
consideran aspectos que
trascienden con mucho al
lugar de trabajo, como la
protección del medio
ambiente exterior.
En las empresas muy
pequeñas, los trabajadores
pueden tratar como un solo
grupo con su empleador.
Este tipo de negociación
colectiva se ha mantenido
durante siglos. Por el
contrario, en la
actualidad, de la
negociación se encargan
las organizaciones de
trabajadores, o
sindicatos.
La definición utilizada en
el artículo 2 del Convenio
sobre el fomento de la
negociación colectiva,
1981 (nº 154), es amplia:
(...) la expresión...
comprende todas las
negociaciones que tienen
lugar entre un empleador,
un grupo de empleadores o
una organización o varias
organizaciones de
empleadores, por una
parte, y una organización
o varias organizaciones de
trabajadores, por otra,
con el fin de: (a) fijar
las condiciones de trabajo
y empleo, o
(b) regular las relaciones
entre empleadores y
trabajadores; o
(c) regular las relaciones
entre empleadores o sus
organizaciones y una
organización o varias
organizaciones de
trabajadores.
La negociación colectiva
es una herramienta
importante para elevar el
nivel de vida y mejorar
las condiciones de
trabajo.
Aunque la salud y la
seguridad se abordan en la
legislación nacional de
casi todos los países, la
negociación colectiva
suele constituir el
mecanismo mediante el cual
dicha legislación se
aplica en el lugar de
trabajo. Por ejemplo, la
ley puede ordenar la
creación de comités
conjuntos de salud y
seguridad o comités de
empresa, pero deja que los
detalles sean negociados
entre las organizaciones
de empresarios y las de
trabajadores.
Por desgracia, la
negociación colectiva es
atacada por empresas
autoritarias y Gobiernos
represivos, tanto en los
países en desarrollo como
en los desarrollados.
Raramente se lleva a cabo
en el sector informal o en
las pequeñas empresas
tradicionales. En
consecuencia, la mayoría
de los trabajadores del
mundo no disfrutan aún de
las ventajas de este
mecanismo en el marco de
los derechos de los
trabajadores garantizados
por la legislación.
Historia de la acción
sindical en materia de
salud y seguridad
Las
acciones colectivas
adoptadas por las
organizaciones de
trabajadores en materia de
salud y seguridad tienen
una larga tradición. En
1775, Percival Pott, un
médico inglés, elaboró el
primer informe conocido
sobre cáncer profesional:
el cáncer de piel de los
deshollinadores de Londres
(Lehman 1977). Dos años
más tarde, el Gremio de
Deshollinadores de
Dinamarca, en lo que
constituye la primera
respuesta conocida a la
amenaza del cáncer
profesional, ordenó que
los aprendices recibieran
los medios necesarios para
someterse a un baño
diario.
No obstante, la salud y
seguridad no solía
constituir una cuestión
explícitamente abordada en
los primeros conflictos
laborales.
Los trabajadores empleados
en puestos peligrosos
debían ocuparse de
problemas más acuciantes,
como el bajo nivel
salarial, el excesivo
número de horas de trabajo
o el poder arbitrario de
los propietarios de
fábricas y minas. Los
riesgos para la seguridad
se reflejaban en las
cifras diarias de lesiones
y fallecimientos, pero la
salud en el trabajo no era
bien comprendida.
Las organizaciones de
trabajadores eran débiles
y estaban sometidas al
acoso continuo de
propietarios y Gobiernos.
Su objetivo primordial era
garantizar la mera
supervivencia. Como
resultado, en las
reclamaciones de los
trabajadores del siglo XIX
rara vez se defendía la
consecución de condiciones
de mayor seguridad. (Corn
1978).
Con todo, la salud y la
seguridad se sumaron a
otras cuestiones abordadas
en las primeras luchas
sindicales. A finales del
decenio de 1820, los
trabajadores de la
industrial textil en
Estados Unidos comenzaron
a movilizarse a favor de
la reducción de la jornada
de trabajo. Muchos de los
trabajadores eran mujeres,
al igual que las
dirigentes de frágiles
sindicatos como las
asociaciones para la
reforma del trabajo de las
mujeres de Nueva
Inglaterra. La propuesta
de una jornada de diez
horas se consideraba
mayoritariamente como una
cuestión de bienestar
general. Sin embargo, al
declarar ante la asamblea
legislativa de
Massachusetts, los
trabajadores también
criticaron los efectos de
12 y 14 horas de trabajo
diarias en fábricas mal
ventiladas y describieron
una “enfermedad
debilitante” que
atribuyeron al polvo de
algodón y a la mala
ventilación y que
actualmente se admite como
una de las primeras
referencias a la bisinosis.
Su éxito en cuanto al
reconocimiento por parte
de los propietarios de las
fábricas y a la adopción
de medidas por parte de la
asamblea fue escaso (Foner
1977).
En
otras acciones sindicales
se abordaron más los
efectos de los riesgos
profesionales que su
prevención. Muchos
sindicatos del siglo XIX
adoptaron programas
sociales para sus
afiliados, como la
concesión de pensiones de
discapacidad a los
lesionados y de
prestaciones a los
supervivientes. Los
sindicatos mineros de
Estados Unidos y Canadá
avanzaron un paso más y
crearon hospitales,
consultas e incluso
cementerios para sus
afiliados (Derickson
1988). Aunque los
sindicatos intentaron
mejorar la negociación de
las condiciones de trabajo
con las empresas, la
mayoría de las
movilizaciones por razones
de salud y seguridad
en América del Norte se
produjeron en las minas y
se dirigieron a los
órganos legislativos
estatales y provinciales (Fox
1990).
En Europa, la situación
comenzó a cambiar en torno
al final del siglo, con la
consolidación de las
organizaciones de
trabajadores. En 1903, los
sindicatos de pintores de
Francia y Alemania
iniciaron una campaña
contra los riesgos de la
pintura a base de plomo.
El Sindicato de
Trabajadores Industriales
de Alemania adoptó un
programa activo de higiene
industrial en 1911,
publicó textos pedagógicos
sobre riesgos químicos y
emprendió una campaña para
la consecución de
garantías respecto al
cáncer de pulmón inducido
por el cromo, que dio
lugar finalmente a un
cambio del método de
producción. Los sindicatos
del Reino Unido
representaban a sus
afiliados en los casos de
indemnización de
trabajadores y propugnaron
una mejora de las leyes y
reglamentos. Su labor
reflejaba la interacción
entre la negociación
colectiva en materia de
salud y seguridad y el
sistema de inspección
industrial. En 1905, por
ejemplo, los sindicatos
presentaron 268 quejas
ante la inspección
industrial del Reino Unido
(Teleky 1948). En 1942, la
Confederación Empresarial
de Suecia y la
Confederación Sueca de
Sindicatos celebraron un
acuerdo nacional sobre
medio ambiente de trabajo
relativo a los servicios
locales de salud y
seguridad. El acuerdo ha
sido revisado y ampliado
en varias ocasiones; en
1976 se sumó a las partes
iniciales la Federación de
Trabajadores Asalariados (Joint
Industrial Safety Council
of Sweden 1988).
América
del Norte sufría un
retraso en comparación con
estas iniciativas. Fueron
adoptados programas
formales de seguridad por
algunas grandes empresas
en torno al cambio de
siglo [para una
descripción de dichos
programas en la industria
del acero, véase Brody
(1960) o el Year Book of
the American Iron and
Steel Institute for 1914 (AISI
1915) de autofelicitación].
Los programas tenían un
carácter muy paternalista,
confiaban más en la
disciplina que en la
educación y solían basarse
en la premisa de que los
propios trabajadores eran
culpables en gran medida
de los accidentes de
trabajo. Grandes desastres
como el incendio de
Triangle Shirtwaist en
1911 en Nueva York, en el
que murieron 146
trabajadores, dieron lugar
al lanzamiento de campañas
sindicales a favor de la
adopción de mejoras y
optimizaron en última
instancia la legislación
en materia de seguridad
contra incendios. No
obstante, la consideración
de la salud y la seguridad
como una cuestión laboral
generalizada sólo se
planteó con el auge de los
sindicatos en los decenios
de 1930 y 1940. En 1942,
por ejemplo, los estatutos
de la Unión de
Trabajadores de la
Industria del Acero de
Estados Unidos exigían que
todos los sindicatos
locales establecieran
comités de salud y
seguridad.
A mediados del decenio de
1950, los trabajadores y
las empresas habían creado
este tipo de comités en la
mayoría de las minas y
centros de fabricación con
presencia sindical y en
otros muchos lugares de
trabajo del sector de la
construcción y de los
servicios; además, la
mayoría de los contratos
sindicales incluían una
sección sobre salud y
seguridad.
Proceso
de negociación colectiva
Suele
concebirse la negociación
colectiva como un proceso
formal que se desarrolla a
intervalos de tiempo
regulares y que da lugar a
la celebración de un
acuerdo por escrito entre
las organizaciones de
trabajadores y la empresa
o empresas. Este tipo de
negociación conlleva una
sucesión de demandas o
propuestas,
contrapropuestas y amplias
deliberaciones. El proceso
puede generar diversos
resultados: un convenio
colectivo, cartas de
entendimiento,
declaraciones conjuntas o
códigos de práctica
convenidos.
No obstante, la
negociación colectiva
puede entenderse asimismo
como un proceso continuo
de resolución de los
problemas surgidos en cada
momento. Este tipo de
actividad se realiza
cada vez que un delegado
sindical se reúne con un
supervisor de área para
solucionar un conflicto o
atender una reclamación,
cada vez que un comité
mixto de salud y seguridad
se reúne para analizar los
problemas del centro de
trabajo o cada vez que un
equipo constituido por los
sindicatos y la dirección
considera un nuevo
programa empresarial.
Esta flexibilidad de la
negociación colectiva
ayuda a garantizar su
viabilidad continua. En
cualquier caso, existe una
condición previa para
emprender una negociación
formal o informal: para
que tenga éxito, los
representantes de ambas
partes deben estar
facultados para negociar y
llegar a un acuerdo que ha
de ser respetado.
En ocasiones, la
negociación colectiva se
considera como una prueba
de fuerza, en la que una
ganancia para una parte
supone una pérdida para la
otra. Por ejemplo, un
aumento salarial se
observa como una amenaza
para la obtención de
beneficios. Un acuerdo que
impide los despidos se ve
como un factor limitante
de la flexibilidad de la
dirección. Si la
negociación se considera
una competición, el
determinante más
importante del resultado
final será el poder
relativo de cada una de
las partes.
Para las organizaciones de
trabajadores, esto
equivale a la capacidad de
interrumpir la producción
mediante una huelga,
organizar un boicot del
producto o el servicio de
la empresa o ejercer otro
tipo de presión,
manteniendo la lealtad de
los afiliados a la
organización. Para las
empresas, el poder
significa la capacidad
para resistir estas
presiones, sustituir a los
trabajadores en huelga en
los países donde esta
práctica se permite o
aguantar hasta que las
dificultades económicas
les obliguen a retornar a
sus puestos de trabajo de
acuerdo con las
condiciones de la
dirección.
Obviamente, la gran
mayoría de las
negociaciones laborales
acaban con éxito y sin que
se interrumpa la
actividad. En cualquier
caso, son las amenazas de
una de las partes las que
llevan a ambas a buscar un
acuerdo. Este tipo de
negociación recibe en
ocasiones el calificativo
de posicional, ya que
comienza con la adopción
de una posición y continúa
con su defensa por cada
una de las partes hasta
que se alcanza un
compromiso basado en su
fuerza relativa.
De acuerdo con un segundo
modelo, la negociación
colectiva consiste en la
búsqueda mutua de una
solución óptima (Fisher y
Ury 1981). En este caso,
se supone que un acuerdo
adecuado puede reportar
ventajas para ambas
partes. Por ejemplo, un
aumento de salarios puede
compensarse con una mayor
productividad.
Un acuerdo que impide los
despidos puede animar a
los trabajadores a mejorar
su eficacia, ya que sus
puestos de trabajo no se
verán amenazados como
resultado de su actividad.
En ocasiones, esta forma
de negociación se denomina
de “ventajas mutuas”, de
“ganancias compartidas” o
de “suma positiva”. Lo que
es más importante es la
capacidad de cada parte
para comprender los
intereses de la otra y
encontrar soluciones que
permitan optimizar ambos.
La salud y la seguridad en
el trabajo suele
considerarse como una
cuestión ideal para la
negociación de ventajas
mutuas, ya que las dos
partes están interesadas
en evitar la existencia de
accidentes de trabajo y
enfermedades
profesionales.
En la práctica, estos
modelos de negociación no
se excluyen entre sí y
ambos son importantes. Los
negociadores cualificados
tratan en todo caso de
comprender a sus
interlocutores y de
situarse en áreas donde
las partes puedan
beneficiarse de un acuerdo
prudente. No obstante, es
poco probable que una
parte sin poder logre sus
objetivos. Siempre
existirán ámbitos en los
que las partes consideren
sus intereses dispares. La
negociación basada en la
buena fe funciona mejor si
las partes se temen entre
sí.
El poder es importante,
incluso en las
negociaciones sobre salud
y seguridad. Una empresa
puede estar menos
interesada en
reducir la tasa de
accidentes si puede
repercutir externamente su
coste. Si los trabajadores
lesionados pueden ser
sustituidos con facilidad
y a bajo precio, sin
necesidad de conceder una
indemnización
considerable, la dirección
puede sentirse tentada de
evitar la realización de
mejoras en la seguridad si
supone un coste elevado.
Así ocurre especialmente
en el caso de las
enfermedades profesionales
con períodos de latencia
prolongados, ya que el
coste de los controles se
asume cuando éstos son
instalados, pero pueden
pasar muchos años hasta
que se observen los
beneficios. En
consecuencia, es más
probable que una
organización de
trabajadores alcance sus
metas si éstos tienen el
poder para detener la
producción o solicitar la
intervención de un
inspector de la
Administración en caso de
que las partes no acuerden
una solución.
Marco
jurídico
En los
Convenios de la OIT sobre
libertad de asociación,
protección de los derechos
de organización y
participación en la
negociación colectiva, y
en los Convenios y las
Recomendaciones de esta
institución sobre la salud
y la seguridad en el
trabajo, se reconoce el
papel desempeñado por las
organizaciones de
trabajadores.
Aunque estos instrumentos
constituyen el marco
internacional, los
derechos de los
trabajadores sólo pueden
garantizarse mediante la
legislación y las normas
nacionales.
Es obvio que la base
jurídica de la negociación
colectiva, la escala a la
que ésta tiene lugar e
incluso el proceso de
negociación varía de un
país a otro. La
legislación de la mayoría
de los países
industrializados contempla
la aplicación de un
sistema de regulación de
dicho proceso. También en
Europa, el grado de
regulación puede diferir
ampliamente, desde el
planteamiento mínimo de
Alemania a otro mucho más
desarrollado de Francia.
Asimismo, el efecto
jurídico de un convenio
colectivo es variable. En
la mayor parte de los
países, los convenios son
aplicables legalmente; sin
embargo, en el Reino
Unido, éstos se consideran
informales y deben ponerse
en práctica de acuerdo con
la buena fe de las partes
y respaldados por la
amenaza de la interrupción
de la actividad laboral.
Se prevé que esta
variabilidad disminuya en
Europa como resultado del
avance en el proceso de
unificación.
La escala de negociación
también varía. En Estados
Unidos, Japón y la mayoría
de los países de América
Latina, ésta tiene lugar a
escala de la empresa
individual, aunque los
sindicatos suelen intentar
negociar convenios “de
referencia” con las
principales empresas de
cada sector. En el otro
extremo, Austria, Bélgica
y los países nórdicos
tienden a adoptar
regímenes de negociación
centralizados en los que
la mayoría de los lugares
de trabajo se someten a
acuerdos marco negociados
entre las federaciones
nacionales representantes
de empresas y sindicatos.
Los convenios sectoriales
relativos a industrias y
profesiones específicas
son habituales en países
como Alemania y Francia.
Los países del África
francófona suelen seguir
el ejemplo de Francia y
optan por la negociación
sectorial. Algunos países
en desarrollo anglófonos
adoptan también este
régimen. En otros, varios
sindicatos negocian en
nombre de diferentes
grupos de trabajadores en
cada empresa. La escala de
la negociación determina
la cobertura de los
convenios colectivos. Por
ejemplo, en Francia y
Alemania, éstos suelen ser
válidos para todos los
trabajadores que inician
su actividad en la
profesión o en el sector
al que se aplica el
convenio. Por otra parte,
en Estados Unidos y otros
países en los que se
negocia a escala de la
empresa, los convenios
colectivos cubren
únicamente los lugares de
trabajo en los que el
sindicato en cuestión haya
sido reconocido como
agente negociador.
Un factor aún más
importante al determinar
la cobertura de la
negociación colectiva es
el hecho de que la
legislación nacional
facilite o impida ésta y
la sindicación. Por
ejemplo, en algunos
países no se permite a los
funcionarios negociar
colectivamente.
En otros, los sindicatos
del sector público se
expanden con rapidez, Como
resultado de estos
factores, el porcentaje de
trabajadores amparados por
convenios colectivos
oscila entre un máximo de
casi el 90 % en Alemania y
los países nórdicos y
menos del 10 % en
numerosos países en
desarrollo.
Asimismo, el marco
jurídico afecta al modo en
que la negociación
colectiva se aplica a la
salud y la seguridad en el
trabajo. Por ejemplo, la
Ley de salud y seguridad
en el trabajo de Estados
Unidos reconoce a las
organizaciones de
trabajadores el derecho a
la información sobre
sustancias químicas
peligrosas y otros riesgos
del centro de trabajo, el
derecho a acompañar a un
inspector en el lugar de
trabajo y un derecho
limitado a intervenir en
los procesos jurídicos
iniciados por la
Administración contra una
empresa por incumplimiento
de las normas
establecidas.
Muchos países van más allá
en sus medidas. La mayoría
de los países
industrializados exigen a
la mayor parte de las
empresas que establezcan
comités conjuntos de salud
y seguridad.
La provincia canadiense de
Ontario estipula que los
trabajadores de gran parte
de los lugares de trabajo
elijan representantes
acreditados en materia de
salud y seguridad, y que
se imparta a éstos un
curso normalizado de
formación a costa de la
empresa. La Ley de medio
ambiente de trabajo de
Suecia exige la
designación de delegados
de seguridad por parte de
las organizaciones
sindicales locales. Estos
delegados gozan de amplios
derechos de información y
consulta. Lo que es más
importante, tienen la
facultad de suspender las
actividades peligrosas
hasta que sean sometidas
al examen de la Inspección
de trabajo de Suecia.
Estas leyes refuerzan el
proceso de negociación
colectiva en materia de
salud y seguridad. Los
comités de seguridad
conjuntos impuestos por la
legislación constituyen un
mecanismo rutinario para
facilitar la negociación.
La formación permite a los
representantes sindicales
adquirir los conocimientos
necesarios para participar
en el proceso eficazmente.
El derecho a suspender las
actividades peligrosas
ayuda a las partes a
centrarse en la
eliminación de la fuente
de riesgo.
Aplicación de contratos y
legislación laboral
Obviamente, los
convenios colectivos
tienen un valor limitado
si no se acompañan de un
mecanismo de aplicación.
La huelga es uno de los
métodos de que disponen
las organizaciones de
trabajadores para
responder a un presunto
incumplimiento por parte
de la empresa; ésta, por
su parte, puede llevar a
cabo un cierre patronal y
negar el empleo a los
miembros de dichas
organizaciones hasta que
se resuelva el conflicto.
No obstante, la mayoría de
los convenios colectivos
en los países
desarrollados se basan en
métodos de aplicación
menos perjudiciales. De
hecho, en muchos de los
acuerdos se prohíben las
huelgas y los cierres
patronales durante su
vigencia (cláusulas de no
declaración de huelga y
compromisos de paz). En
algunos se restringen a un
número limitado de
circunstancias; por
ejemplo, los contratos
negociados en Estados
Unidos entre la Unión de
Trabajadores de la
Automoción y las
principales empresas de
este sector permiten la
convocatoria de huelgas
debidas a la existencia de
condiciones de trabajo
inseguras, pero no las
relacionadas con salarios
o prestaciones en el
período de vigencia del
acuerdo.
Un mecanismo de aplicación
habitual en los países
desarrollados consiste en
un sistema de arbitraje,
en el que la resolución de
conflictos se deja en
manos de un árbitro
imparcial elegido
conjuntamente por la
empresa y la organización
de trabajadores.
En algunos casos, los
conflictos pueden
resolverse mediante el
recurso al sistema
judicial, ya sea en los
tribunales ordinarios o en
magistraturas de trabajo
específicas. En Estados
Unidos, por ejemplo, los
conflictos relativos a la
interpretación de un
contrato suelen resolverse
mediante arbitraje.
No obstante, si la parte a
la que no se da la razón
decide negarse a acatar la
decisión arbitral, la otra
parte puede acudir a los
tribunales para que
apliquen la decisión. El
Consejo Nacional de
Relaciones Laborales, un
órgano cuasijudicial de
Estados Unidos, atiende
las reclamaciones
relativas a las prácticas
laborales injustas, como
la que consiste en que una
de las partes no negocie
de buena fe. En muchos
otros países, los
tribunales de trabajo
cumplen esta función.
La
negociación colectiva en
la actualidad
La negociación
colectiva es un proceso
dinámico en todos los
sistemas de relaciones
laborales en que se
practica. La situación en
Europa cambia con rapidez.
Los países nórdicos se
caracterizan por la
adopción de acuerdos
generales sobre el medio
ambiente de trabajo
negociados a escala de
todo el país e integrados
en una legislación
nacional muy desarrollada.
La sindicación es elevada;
en los convenios
colectivos y en la
legislación se prevé el
establecimiento de comités
conjuntos y representantes
de los trabajadores en
materia de seguridad en la
mayoría de los lugares de
trabajo. Los mecanismos de
negociación colectiva
relativos a la salud y la
seguridad y las tasas de
sindicación son más
modestas en otros países
europeos. Los Estados
miembros de la Unión
Europea se enfrentan a la
tarea de armonizar las
legislaciones nacionales
de acuerdo con el Acta
Única Europea y la
Directiva “marco” sobre
salud y seguridad (Hecker
1993).
Los sindicatos europeos
tratan de coordinar sus
iniciativas, sobre todo
mediante la Confederación
Europea de Sindicatos. Se
aprecian ciertos signos de
que la negociación
colectiva será sustituida,
o más probablemente,
complementada en última
instancia por la
celebración de acuerdos a
escala europea, aunque la
resistencia de las
empresas a esta medida es
elevada. El primer ejemplo
de esta negociación
paneuropea alude a la
determinación del permiso
de paternidad. En el área
de la salud y la
seguridad, el sindicato
GMB del Reino Unido ha
propuesto un ambicioso
Fondo Europeo sobre el
Medio Ambiente de Trabajo,
basado en entidades
similares existentes en
los países nórdicos.
La Europa central y
oriental y los países de
la antigua Unión Soviética
cambian con una rapidez
aún mayor. Las normas
sobre salud y seguridad
eran exhaustivas en la
época comunista, pero rara
vez se aplicaban. Los
sindicatos existían, pero
sólo bajo el control del
Partido Comunista. En las
empresas, los sindicatos
funcionaban como
departamentos de
relaciones laborales en el
lugar de trabajo y se
sometían a la supervisión
de la dirección, sin que
se llevase a cabo ningún
tipo de negociación
bipartita.
Los sindicatos
independientes de nuevo
cuño ayudaron a precipitar
la caída del comunismo; en
ocasiones, sus
reivindicaciones se
centraban en las
condiciones de trabajo o
en medidas
sanitarias básicas como la
disposición de jabón en
los lavaderos de las minas
de carbón. Actualmente,
los antiguos sindicatos
han desaparecido o luchan
por reconstituirse. Los
nuevos sindicatos
independientes intentan
dejar de ser
organizaciones políticas
opuestas al Gobierno y
transformarse en
instituciones dedicadas al
fomento de la negociación
colectiva y la
representación de sus
afiliados en el lugar de
trabajo. Las condiciones
de trabajo inadecuadas y,
a menudo, en proceso de
deterioro seguirán
constituyendo uno de los
objetivos importantes.
El sistema japonés de
participación de los
trabajadores, mejora
continua y formación
amplia fomenta en la
práctica la salud y la
seguridad, pero sólo en
las empresas en las que
éstas constituyen un
objetivo explícito. La
mayoría de los sindicatos
japoneses existen
únicamente a escala
empresarial; las
negociaciones tienen lugar
mediante un sistema de
consulta conjunta continua
(Inohara 1990). Los
comités conjuntos de salud
y seguridad se establecen
de conformidad con la Ley
de seguridad e higiene en
el trabajo, modificada.
Acción sindical en
Zimbabwe
El Congreso de
Sindicatos de Zimbabwe (CSZ)
ha iniciado una Campaña
Nacional para la Defensa
de los Derechos de los
Trabajadores Accidentados,
en la que se combina la
acción a escala nacional y
la emprendida en los
centros de trabajo con el
fin de modificar la
legislación y mejorar los
convenios colectivos.
Desde 1990, la legislación
de Zimbabwe prevé la
creación de comités de
seguridad y la elección de
representantes y
supervisores de salud y
seguridad en todos los
centros de trabajo.
El CSZ ha insistido en que
dichos representantes sean
elegidos por los
trabajadores: En su
Campaña Nacional se
efectúan las demandas
siguientes:
1.
Trabajo seguro. Esto exige
la determinación de los
riesgos del lugar de
trabajo mediante la
realización de estudios y
la investigación de los
accidentes, así como la
negociación de la mejora
de las condiciones.
2.
Participación de los
trabajadores y los
sindicatos en las
cuestiones de salud que
les competen. Aquí se
incluyen los derechos de
los trabajadores a elegir
sus propios representantes
en materia de salud y
seguridad, a obtener
información como los datos
sobre seguridad y los
informes de los
inspectores industriales y
a investigar conjuntamente
y comunicar los accidentes
y los daños (como en
Suecia).
3.
Indemnización adecuada y
asistencia para los
trabajadores lesionados.
Se incluye una revisión de
los niveles de
indemnización.
4.
Seguridad en el puesto de
trabajo para los
trabajadores accidentados.
Los representantes
sindicales han negociado
la concesión del derecho a
regresar al trabajo y
recibir ayuda en el nuevo
puesto.
Para el
CSZ, su programa de
formación para fomentar la
participación eficaz de
los trabajadores en el
tratamiento de la salud y
la seguridad en el lugar
de trabajo ha sido una
medida fundamental en la
prevención de accidentes.
La formación de los
representantes de los
trabajadores ha consistido
en la realización de
visitas de inspección en
el lugar de trabajo y en
la presentación de
informes sobre los riesgos
detectados, en primer
lugar, a los trabajadores
y, después, a la dirección
para su análisis. Una vez
en acción, los
representantes sindicales
en materia de salud y
seguridad han participado
en inspecciones y han
contribuido a garantizar
que los daños se
comunican. Este factor es
especialmente importante
en sectores que, de otra
modo, resultarían
inaccesibles, como la
agricultura.
Asimismo, el CSZ ha
exigido un aumento de las
sanciones que pueden
imponerse a las empresas
declaradas culpables de
incumplimiento de la
legislación sobre salud y
seguridad. por la
directora del capítulo
(extraído de Loewenson
1992).
Los
convenios colectivos en
Estados Unidos contienen
disposiciones sobre salud
y seguridad relativamente
amplias por dos razones.
En primer lugar, esta
cuestión es considerada
importante por los
sindicatos del país, como
lo es para las
organizaciones de
trabajadores de todos los
países industrializados.
No obstante, la
legislación en Estados
Unidos no incluye muchas
de las disposiciones
contempladas en otros
países, lo que obliga a
los sindicatos a negociar
derechos y medidas de
protección garantizadas en
otros casos por la ley.
Por ejemplo, los comités
conjuntos de salud y
seguridad se consideran en
general como un mecanismo
importante para la
cooperación y la
negociación ordinaria
entre los trabajadores y
las empresas. Sin embargo,
la Ley de salud y
seguridad en el trabajo de
Estados Unidos no exige la
constitución de los
mismos. En consecuencia,
los sindicatos deben
negociar para
conseguirlos. Puesto que
la tasa de sindicación en
el país es reducida, la
mayoría de los
trabajadores no tienen
acceso a dichos comités.
La
legislación canadiense
varía de una provincia a
otra, aunque en general es
más exhaustiva que en
Estados Unidos. Por
ejemplo, los sindicatos no
necesitan negociar la
existencia de comités de
salud y seguridad, aunque
pueden tratar de
constituir otros más
amplios y con más
competencias. La
legislación mexicana
también estipula la
creación de estos comités.
La situación en los países
en desarrollo es diversa.
Las organizaciones de
trabajadores en países
como la India, Brasil y
Zimbabwe hacen cada vez
más hincapié en la salud y
la seguridad mediante la
negociación colectiva y la
movilización a favor de la
mejora de la legislación.
Por ejemplo, el Congreso
de Sindicatos de Zimbabwe
ha propugnado la
ampliación del código de
trabajo nacional,
incluidas sus
disposiciones en materia
de salud y seguridad, a
las zonas francas
industriales . Sin
embargo, los sindicatos se
ven sometidos a
restricciones graves o son
suprimidos en muchas
partes del mundo y la gran
mayoría de trabajadores de
los países en desarrollo
no pertenecen a
organizaciones de
trabajadores ni se
benefician de la
negociación colectiva.
El
futuro de la negociación
colectiva
Las
organizaciones de
trabajadores y la
negociación colectiva
afrontan retos difíciles
en los años venideros.
Casi todos los procesos de
negociación colectiva
tienen lugar a escala
empresarial, sectorial o
nacional. Por otra parte,
la economía se globaliza
cada vez más. No obstante,
con la excepción de
Europa, las organizaciones
de trabajadores aún tienen
que desarrollar mecanismos
eficaces de negociación
transnacional. Este
objetivo es prioritario
para las federaciones
internacionales de
sindicatos. La mejor vía
para alcanzarlo consiste
en la consecución de
estructuras sindicales
internacionales más
sólidas y capaces, la
inclusión de cláusulas
sociales amplias en los
acuerdos comerciales
mundiales y la adopción de
instrumentos apropiados
como los que ofrece la
Organización Internacional
del Trabajo. Por ejemplo,
la Declaración Tripartita
de la OIT sobre Empresas
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