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MEDIDA DEL SOCIALISMO
Trabajadores que renuncien a sus empleos también accederán a los beneficios sociales
LosRecursosHumanos.com - 02/05/2009
Los trabajadores que se retiren de sus empresas de manera voluntaria recibirán un mes de salario por cada año trabajado. Durante el régimen de liberalización laboral, sólo recibían los beneficios sociales quienes eran echados por los patrones. Éste es uno de los cinco decretos laborales que ayer firmó el presidente Evo Morales, como parte de los festejos del 1 de Mayo.
En medio de una masiva fiesta popular en la plaza Murillo, Morales lanzó cinco medidas a favor de los sectores laborales y dijo que “si no hubiera sido por ellos, habría sido difícil avanzar hasta donde hemos llegado. Habría sido difícil cambiar Bolivia”.
El ministro de Trabajo, Calixto Chipana, ratificó después la importancia de las normas aprobadas como parte de la política de cambio en el sector laboral, de acuerdo con la nueva Constitución Política del Estado (CPE).
Chipana otorgó especial énfasis a uno de los decretos, aquel que garantiza el pago de indemnización a partir de los 90 días laborales. “Con este beneficio, los trabajadores que por cualquier razón se retiraban de sus trabajos y no tenían beneficios por su esfuerzo físico y psíquico, desde ahora se les va a dar un sueldo cada año”.
La autoridad recordó que en el pasado, los trabajadores tenían que cobrar su beneficio salarial o su quinquenio luego de cumplir cinco años laborales en una misma empresa. “Antes que cumplan los cinco años, los trabajadores podían perder sus empleos y no recibían ningún beneficio”.
Ahora, más allá de que el trabajador se retire de manera voluntaria o forzosa, el obrero puede acceder a este derecho a partir de los tres meses de estar empleado en una empresa.
Hasta antes del decreto, los trabajadores que llegaban a una empresa y laburaban en ella por 90 días podían ser echados sin ningún beneficio social.
Además, el empleado que forma parte de una planilla tiene el derecho a cobrar un sueldo por año trabajado cuando deje su trabajo. “Esta salida de la empresa y este pago del empleador es independiente de la forma que salió, se le debe pagar, así el obrero haya sido retirado de forma voluntaria o forzosa. El empresario tiene que cumplir con su trabajador”.
El Gobierno —continúa el Ministro— está haciendo valer un derecho enmarcado en la nueva Carta Magna.
Consultado sobre alguna previa negociación con los empresarios privados para este beneficio, Chipana informó que éstos no pueden negarse a este pago que “está enmarcado en la nueva Constitución aprobada en enero”.
Otros beneficios
Ayer también se firmó otro decreto “que garantiza el cumplimiento de la legislación laboral y el goce pleno de los derechos laborales de los dependientes asalariados de las empresas, sea cual sea la modalidad de éstas”.
Sobre este punto, Chipana explicó: “El propietario contrata a un segundo empresario, y éste a su vez subcontrata a un trabajador. Cuando el dueño despide al subcontratado, entonces el trabajador no tiene ningún derecho de poder exigir sus beneficios”.
El decreto que se firmó ayer menciona que la persona que contrata debe correr con todos los gastos de los trabajadores y sus beneficios colaterales. “Lo que queremos con este decreto es que se elimine la terciarización”.
Un tercer decreto, que apunta a “mejorar la situación de los obreros, garantiza el cumplimiento de la normativa vigente relacionada con la higiene, la seguridad ocupacional y bienestar que deben cumplir las personas naturales y jurídicas”.
Momentos previos a la firma de los decretos, el Presidente comentó al respecto: “De aquí en adelante, los empleadores tienen que proteger a sus trabajadores con condiciones adecuadas a su salud”.
Chipana expresó: “Este decreto es para garantizar que los empresarios entreguen la ropa adecuada de trabajo a sus obreros y que éstos tengan condiciones de seguridad en sus fuentes de empleo. De esta manera, también vamos a poder evitar accidentes en el sitio de trabajo”.
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